Mediación Consumo: anulación pedidos online

stock-300x2251. Materia general (telecomunicaciones, compras….): anulación pedidos online.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: la consumidora realizó un pedido a través de la página web de El Corte Inglés, empresa adherida a Confianza Online. A pesar de que se confirmó el pedido, la empresa le comunicó que no podían enviarle los objetos por falta de existencias. La reclamante solicita la entrega de productos similares o de superiores características al mismo precio.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: El Corte Inglés y una consumidora.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: la particular considera que dicha actuación vulnera el artículo 14 (Principio de legalidad) del Código Ético, en relación con el artículo 1.278 del Código Civil. Tras recibir la reclamación, El Corte Inglés solicita un acto de mediación de acuerdo al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: El Corte Inglés procederá al envio del pedido al centro comercial más cercano y, una vez que esté, llamaran para su recogida. La consumidora queda satisfecha y se compromete a no iniciar acciones legales.

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Mediación Consumo: incumplimiento de las condiciones

stock-300x2251. Materia general (telecomunicaciones, compras….): incumplimiento condiciones.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: la consumidora realizó un pedido a través de la web de Groupon, empresa adherida a Confianza Online. En el momento de canjear el cupón, le informaron que el descuento era de 70 euros en el precio del pedido, no del 79% como anunciaba la oferta. La reclamante contacto con la empresa que le informó que el descuento del 79% se realizaba sobre el precio del cupón. Solicita la devolución del importe del cupón, así que se modifique la oferta puesto que lleva a error.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: Groupon y una consumidora.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: la particular considera que dicha actuación vulnera el artículo 14 (Principio de legalidad) del Código Ético, en relación con el artículo 1.278 del Código Civil. Tras recibir la reclamación, Groupon solicita un acto de mediación de acuerdo al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: Groupon procederá al abono del importe del cupón en la cuenta de la particular, que queda satisfecha y se compromete a no iniciar acciones legales.

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Mediación Consumo: cupón descuento

8186134917_25fd9d7c201. Materia general (telecomunicaciones, compras….): cupones descuento.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: el consumidor adquirió seis tickets de cine a través de la web de Let’s Bonus, empresa adherida a Confianza Online. Tras usar 4, los últimos 2 los uso el último día en que expiraban, pero el sistema de canje le indicó que habían caducado. El reclamante contacto con la empresa pero a fecha de la reclamación todavía no ha obtenido respuesta. Solicita el reembolso de las dos entradas o su reposición.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: Let’s Bonus y un consumidor.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: el particular considera que dicha actuación vulnera el artículo 14 (Principio de legalidad) del Código Ético, en relación con el artículo 1.278 del Código Civil. Tras recibir la reclamación, Let’s Bonus solicita un acto de mediación de acuerdo al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: Let’s Bonus procederá al abono del importe en la cuenta Paypal del particular, que queda satisfecho y se compromete a no iniciar acciones legales.

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Mediación Consumo: falta de entrega de una compra online

stock-300x2251. Materia general (telecomunicaciones, compras….): compra online.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: el consumidor realizó un pedido de dos libros a través de la web de El Corte Inglés, empresa adherida a Confianza Online. Ante la falta de entrega en el plazo establecido, se puso en contacto con la empresa, donde le informaron de que le habían mandado un email en donde le comunicaban que uno de los libros no estaba en stock, por lo que tardarían en enviar el pedido. El particular afirma que no recibió ningún email y comprobó que su pedido aparecía como cancelado, por lo que volvió a contactar con la empresa, donde le dijeron que se había anulado porque no disponían de ninguno de los dos libros. Solicita la devolución del importe de las llamadas telefónicas y una compensación por las molestias.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: El Corte Inglés y un consumidor.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: el particular considera que dicha actuación vulnera el artículo 14 (Principio de legalidad) del Código Ético, en relación con el artículo 1.278 del Código Civil. Tras recibir la reclamación, El Corte Inglés solicita un acto de mediación de acuerdo al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: El Corte Inglés procederá a la devolución del importe del pedido en la cuenta Paypal del consumidor, que queda satisfecho y no emprenderá acciones legales.

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Mediación Consumo: cupones descuento

8186134917_25fd9d7c201. Materia general (telecomunicaciones, compras….): cupón descuento.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: el consumidor adquirió un cupón para cena en un restaurante a través de la web de Groupon, empresa adherida a Confianza Online. Procedió a realizar la reserva pero no había disponibilidad para los horarios establecidos en el cupón. Contactó con el restaurante y le dijeron que si quería hacer reserva tenía que ser a través de la aplicación de Groupon. El reclamante solicita la devolución del dinero en su cuenta bancaria o a través de crédito Groupon.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: Groupon y un consumidor.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: el particular considera que dicha actuación vulnera el artículo 14 (Principio de legalidad) del Código Ético, en relación con el artículo 1.278 del Código Civil. Tras recibir la reclamación, Groupon solicita un acto de mediación de acuerdo al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: Groupon va a proceder al abono del importe en la cuenta Groupon del particular. Éste queda satisfecho y se compromete a no iniciar actuaciones legales.

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Mediación Consumo: falta de entrega de un pedido online

stock-300x2251. Materia general (telecomunicaciones, compras….): compra online.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: la consumidora realizó un pedido a través de la página web de Conforama, empresa adherida a Confianza Online. Ante la falta de entrega de un documento acreditativo de la compra, la consumidora se puso en contacto con la empresa. A fecha de la reclamación todavía no ha obtenido una solución satisfactoria, por lo que reclama un acuse de recibo de la contratación y la entrega del pedido.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: Conforama y una consumidora.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: la particular considera que dicha actuación vulnera el artículo 16 (Información posterior a la contratación) del Código Ético. Tras recibir la reclamación, Conforama solicita un acto de mediación de acuerdo al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: Conforama ha procedido al abono del importe del pedido.

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Mediación Consumo: falta entrega de un pedido online

stock-300x2251. Materia general (telecomunicaciones, compras….): falta entrega pedido online.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: el consumidor realizó un pedido a través de la web de Conforama, empresa adherida a Confianza Online. Ante la falta de entrega, el consumidor se puso en contacto con la reclamada. A fecha de la reclamación, todavía no ha encontrado solución, por lo que exige la entrega inmediata del pedido.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: Conforama y un consumidor.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: el particular considera que dicha actuación vulnera el artículo 17 (Plazos de entrega) del Código Ético. Tras recibir la reclamación, Conforama solicita un acto de mediación de acuerdo al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: Conforama procederá al abono del importe del pedido. El consumidor queda satisfecho y no emprenderá acciones legales.

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Mediación Consumo: cancelación pedido online

stock-300x2251. Materia general (telecomunicaciones, compras….): cancelación pedido online.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: el consumidor realizó un pedido online a través de la página web de El Corte Inglés, empresa adherida a Confianza Online. Desde la empresa le notificaron que no podía enviarse el pedido por falta de existencias, por lo que proponían el envio de dos tarjetas al precio erróneo. El reclamante solicita la entrega inmediata del producto según las condiciones pactadas en el momento de la compra.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: El Corte Inglés y un consumidor.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: el particular considera que dicha actuación vulnera el artículo 14 (Principio de legalidad) del Código Ético, en relación con el artículo 1.278 del Código Civil. Tras recibir la reclamación, El Corte Inglés solicita un acto de mediación de acuerdo al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: El Corte Inglés procederá a la sustitución del precio por dos tarjetas monedero LIVE de 25 euros y 2.100 puntos, además de códigos correspondientes para la adquisición de la armadura. El consumidor queda satisfecho y se compromete a no iniciar acciones legales.

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Mediación Consumo: entrega defectuosa de un pedido online

stock-300x2251. Materia general (telecomunicaciones, compras….): entrega defectuosa pedido online.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: el consumidor realizó un pedido a través de la página web de Carrefour, empresa adherida a Confianza Online. El consumidor recibió el pedido sin el equipamiento completo, por lo que contacto con la empresa. A fecha de la interposición de la reclamación aún no ha recibido solución satisfactoria, por lo que solicita el reembolso del importe de los gastos de devolución del artículo.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: Carrefour y un consumidor.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: el particular considera que dicha actuación vulnera el artículo 14 (Principio de legalidad) del Código Ético, en relación con el artículo 1.278 del Código Civil. Tras recibir la reclamación, Carrefour solicita un acto de mediación de acuerdo al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: Carrefour ha procedido al abono del importe del pedido y a la activación de un cupón de descuento. El consumidor queda satisfecho y se compromete a no iniciar acciones legales.

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Mediación Consumo: retraso pedido online

8186134917_25fd9d7c201. Materia general (telecomunicaciones, compras….): retraso pedido online.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: la consumidora realizó un pedido a través de la web de Let’s Bonus, empresa adherida a Confianza Online, en donde anunciaban que la entrega sería a los 3 días hábiles, pero no fue así. La reclamante solicita el reembolso de los gastos de envio como compensación por el incumplimiento de los plazos.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: Let’s Bonus y una consumidora.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: la particular considera que dicha actuación vulnera el artículo 17 (Plazos de entrega) del Código Ético, en relación con el artículo 1.278 del Código Civil. Tras recibir la reclamación, Let’s Bonus solicita un acto de mediación de acuerdo al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: Let’s Bonus ha manifestado que el retraso de la entrega se debió a circunstancias de logística ajenas a ésta, por lo que presenta sus disculpas pero no el abono del importe.

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