Laudo arbitral: Incidencias técnicas en las facturas

Orange

MATERIA: Compras on line

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:
a) Problema de los consumidores o usuarios: El reclamante manifiesta que en abril de 2010, contrató a través de la web de la empresa reclamada un servicio de ADSL + llamadas + televisión + USB Everywhere, asociado a una portabilidad. La empresa nunca le entregó el USB y el servicio de televisión sólo estuvo activo una semana. Tras efectuar diversas comunicaciones con la reclamada, ésta no proporciona ninguna solución al problema. En diciembre de 2010, tras seis meses abonando el servicio sin que éste fuera prestado, decide dejar de pagarlo.

En junio de 2011 formaliza contratación con otra empresa sin que exista ningún problema con el servicio.

En julio de 2011 recibe notificación de una empresa de gestión de cobros solicitando el pago de lo adeudado (178, 41€) y procediendo a darle de alta en el registro de morosos

Solicita la eliminación de sus datos del fichero de morosos en el que se le ha incluido al considerar que no tiene deuda pendiente, puesto que ha abonado todo lo debido incluso ante un servicio no prestado.

b) Práctica de la empresa: La empresa manifiesta en relación a la pretensión inicial que el reclamante ha solicitado ajustes en sus facturas debido a incidencias técnicas.

La línea se encuentra dada de baja con fecha 29 de junio de 2011 y por lo tanto, las facturas emitidas con anterioridad son correctas y se corresponden con cuota por el servicio contratado por el cliente hasta el momento de la solicitud de baja.

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Estimar la pretensión del reclamante y France Telecom España S.A, deberá proceder a anular cualquier referencia que se haya realizado sobre los datos del reclamante en ficheros o archivos de morosidad y empresas de gestión de cobros, dada la inexistencia de deuda pendiente, dándole de baja en caso de haber incluido sus datos, y, una vez efectuado todo ello, comunicarlo por escrito al reclamante.

Asimismo, este laudo acuerda desestimar la reconvención efectuada por la empresa France Telecom España S.A., no procediendo la entrega ni el abono de cantidad algunal.

 TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.

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Laudo arbitral: Error informático en la transcripción de los precios

TEXTO COMPLETOMATERIA: Compras on line

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

a) Problema de los consumidores o usuarios: El consumidor compró, a través de la pagina web de la empresa, 14 botellas de whisky de diferente marcas, por un precio total de 57,92 € mas 8,20 € por el envío.

La entrega del pedido debía realizarse hasta las 15:00 horas del día siguiente, pero no se llevó a cabo.

El usuario solicita que le entreguen el pedido tal y como lo compró, de forma gratuita, ya que no han cumplido el plazo de entrega, o al menos sin el coste de envío, y al precio ofrecido en su página web.

b) Práctica de la empresa: La entidad reclamada alega un error informático en la transcripción de los precios, con unos descuentos que suponían vender por debajo de coste.

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Se estima parcialmente lo solicitado por el reclamante. Con lo que la empresa reclamada deberá hacer entrega del pedido realizado por este en las condiciones y precio que figuran en el momento en que se formalizó.

TIPO DE ORGANO: Órgano Arbitral colegiado.

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Laudo Arbitral: Pedido anulado por la empresa

descargaMATERIA: Compras on line.

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

a) Problema de los consumidores o usuarios: El cliente realizó el pedido de un pack de fotografía (cámara y trípode) por un importe de 51,32 € gastos de envío incluídos, el pedido se completó satisfactoriamente, pero PC CIty anuló el pedido unilateralmente.

Por este motivo, solicita el cumplimiento del contrato de compraventa, con la entrega por tanto del pack de fotografía.

b) Práctica de la empresa: La empresa alega un error en el precio ofertado (0 €), comunicando dicho error a los consumidores, además de bloqueando la página en cuestión.

Además alega que el cliente recibió la confirmación del pedido pero no la factura de compra, por lo que la cancelación se llevó a cabo de forma automática

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, no procediendo a la entrega ni compensación por parte de la empresa reclamada.

TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.

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Laudo arbitral: Error informático en el precio de una oferta

cUAt6xPa_400x400MATERIA: Compras on line

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

a) Problema de los consumidores o usuarios: El reclamante realizó a través de la web de El Corte Inglés, la compra de una cámara fotográfica, tras indicar el modelo, cantidad, precio, datos de envío,… en la página correspondiente se genera una hoja de pedido donde aparece el número del mismo, y los datos anteriores.

Tras varias consultas al estado de su pedido, comprueba que siempre aparece “en preparación”.

Telefónicamente le informan que, por un error informático, el precio de la cámara no es el correcto y no le servirán el producto.

Por ello, el cliente solicita la entrega del producto adquirido al precio ofertado en la web.

b) Práctica de la empresa: La empresa alega un error informático en la transcripción de los precios, siendo el precio real de la cámara de fotos era de 1.299€.

No obstante, como deferencia comercial, se le ofreció el envío de una unidad de producto al precio de coste más IVA, es decir, la adquisición del producto por importe de 994,82 €, IVA incluido.

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Se estima la pretensión de la reclamante, procediendo a la entrega del pedido realizado por un precio de 549 €, sin gastos de envío, por parte de El Corte Inglés.

TIPO DE ORGANO: Órgano Arbitral colegiado.

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Laudo Arbitral: Error informático en el precio de una oferta

compras-online-impuestosMateria:  Compras on line.

Motivo por el que el consumidor o usuario acude a Arbitraje:

a) Problema de los consumidores o usuarios: El consumidor adquirió dos televisiones al precio de venta al público de 1,60 € cada unidad, más 100€ de gastos de envío.

Posteriormente le comunican que no pueden atender el pedido al tratarse de un error informático, proponiéndole el reintegro del importe pagado.

Por este motivo, solicita la entrega de los dos televisores al precio por el que los compró inicialmente.
Práctica de la empresa: Alega un error informático en el precio publicado en la página web, notificando de inmediato dicho error al cliente y ofreciéndole el reintegro de la cantidad pagada.

Alegan que el consumidor persigue un fraude de ley.

Actitud de la empresa frente a Arbitraje:  La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. No presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

Laudo: Desestimar la pretensión del reclamante, no procediendo entrega alguna por parte de la empresa comercializadora del producto.

Tipo de órgano:  Órgano Arbitral colegiado.

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Laudo arbitral: Error en el precio y la entrega de una bicicleta

bicicleta-conor-5400-2013MATERIA: Compras on line.

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

a) Problema de los consumidores o usuarios: El usuario adquirió a través de la tienda online de la empresa, una bicicleta de montaña por un precio de 515 €; confirmando y aceptando dicho pedido la empresa en cuestión.

A los 10 días le informan de que no tienen stock de es producto y que la entrega se retrasará hasta el mes de septiembre. En este mes, le comunican que el precio que estaba en la página web no era el correcto, y que no se iba a proceder a la venta de la bicicleta al precio inicial.

De esta forma, el usuario solicita la entrega de la bicicleta adquirida al precio inicial ofertado en la página web.

b) Práctica de la empresa: La empresa alega “ rotura de stock” por parte del proveedor. Y a su vez, manifiesta que el precio real de la bicicleta es de 1638 €.

 ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Estimar la pretensión del reclamante, procediendo a la entrega de la bicicleta, al precio establecido en la web, es decir, a 515 € (más gastos de envío) por parte de la empresa reclamada.

Órgano Arbitral colegiado.

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Laudo Arbitral: problema con una compra defectuosa

FreeGreatPicture.com-6799-internetMateria:  Compras online

Motivo por el que el consumidor o usuario acude a Arbitraje:

a) Problema de los consumidores o usuarios: El consumidor adquirió una lavadora en un portal de Internet, considerando dicha compra como defectuosa puesto que la misma perdía por debajo agua, desde el primer día en que fue instalada en su domicilio. Por este motivo, solicita una compensación por los daños y perjuicios ocasionados por la falta del uso del electrodoméstico durante tres semanas.

b) Práctica de la empresa: La empresa propone el cambio de la lavadora sin cargo alguno o la devolución del importe abonado.

Actitud de la empresa frente a Arbitraje: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

Laudo:  Desestimar la pretensión del reclamante, no procediendo compensación por daños y perjuicios por falta documentos o facturas que pudieran acreditarlos.

Tipo de órgano:  Órgano Arbitral colegiado.

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Laudo arbitral: Descuento realizado menor del ofertado

fnac-seignettelafontanMATERIA: Compras on line

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

a) Problema de los consumidores o usuarios: El reclamante realizó a través de la web de la empresa reclamada pack fotográfico con 5 años de garantía.

El plazo de entrega establecido era de 24-48 horas y existía una promoción del 10% de descuento al hacerse socio.

Para cuando recibió el producto, solo le ingresaron el 5% de descuento en su cuenta, además de perder la garantía de 5 años puesto que la promoción finalizaba días antes de que el reclamante recibiera el producto.

Solicita una indemnización por incumplimiento de los plazos publicitados y obtener los 5 años de garantía perdidos por el retraso en el envío.

b) Práctica de la empresa: La empresa, debido al retraso en la entrega del producto, ofrece el abono del 5% de descuento por ser socio, además de un vale de 10 años para canjear en el año venidero.

Además, con la finalidad de que el cliente pudiera obtener la garantía que solicitaba (5 años), le indica las instrucciones que debe seguir para la obtención de la misma, no llevadas a cabo por el reclamante.

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Se desestima la pretensión del reclamante, no procediendo, por tanto, actuación ni compensación alguna por parte de la empresa reclamada, Grandes Almacenes Fnac España S.A.

TIPO DE ORGANO: Órgano Arbitral colegiado.

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Laudo Arbitral: Adquisición de una cámara de vídeo en una tienda online

compras-online-impuestosMATERIA: Compras on line.

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

a) Problema de los consumidores o usuarios: El consumidor adquirió una cámara de vídeo a través de la tienda online de la compañía, no recibiendo el mismo modelo que se ofertaba en dicho canal electrónico. Viéndose obligado a realizar la compra de la videocámara en cuestión en otro establecimiento a un precio superior.

De esta forma, el consumidor reclama la diferencia de precios de la videocámara que tuvo que adquirir en este segundo establecimiento.

b) Práctica de la empresa: La empresa manifiesta la correcta actuación en el supuesto, no accediendo a lo solicitado por el reclamante.

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, no procediendo a la petición de abono de la diferencia entre el producto adquirido en la tienda on-line, y el que posteriormente adquirió en otro establecimiento ajeno.

TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.

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Laudo arbitral: Error en promoción online

descarga (1)MATERIA: Compras on line.

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

a) Problema de los consumidores o usuarios: El consumidor realizó a través de la página web de la compañía, la compra de 2 videojuegos con un 20% de descuento, a ejecutar conforme a las condiciones establecidas.

El cliente solicita la devolución del 20% del importe de la compra (7,58 €).

b) Práctica de la empresa: La cadena de supermercados vendedora alega la inexistencia de dicha promoción.

 ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. No presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, no procediendo compensación ni entrega alguna por parte de la empresa reclamada.

TIPO DE ORGANO: Órgano Arbitral colegiado.

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