1.- RESOLUCIÓN: Sentencia nº 62/2007 de fecha 06-02-2007.
2.- ÓRGANO: Audiencia Provincial de Barcelona. Sección 14ª.
3.- PROCEDIMIENTO: Juicio Verbal nº 1118/05- Rollo apelación nº 436/06.
4.- PONENTE: D. Francisco Javier Pereda Gámez.
5.- MATERIA: Contratos bancarios: Comisiones bancarias. Nulidad de actuaciones. Incongruencia, extra petitum, alteración causa paetendi.
6.-RESUMEN: El actor solicita la devolución de una comisiones bancarias que considera improcedentes por estar obligado a una domiciliación bancaria para cobrar su pensión, y alega la inembargabilidad de dicha pensión, al haber sido descontadas las comisiones de de la misma, reclamando asimismo daños y perjuicios. Dicha pretensión es desestimada, y en el recurso de apelación se alega que la sentencia es incongruente (al no resolver sobre lo pedido) y que el juicio es nulo, porque el Juez hizo pasar a los Abogados de los demandados a su despacho antes de su celebración, y porque no se permitió al actor la designación de Abogado y Procurador de oficio.
7.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS: Arts. 23 2º, Arts. 32, 33.2º, 211.2º, 217.6º, 394, 398.1º, 405, 465.1º, 607.1º de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Art. 1171.3º del Código Civil. Jurisprudencia sobre nulidad de actuaciones e incongruencia extra petitum.
8.- FALLO: La Sentencia dictada por la Audiencia Provincial estima en parte el recurso de apelación planteado, estimando en parte la demanda del actor, y condenando a Caixa Penedés a pagar al actor 93,45 Euros, al considerar que no está justificado el cargo de comisiones por dicho importe sobre el importe de su pensión, y que el embargo de la misma está viciado en origen siendo nulo de pleno derecho, por recaer sobre objeto inembargable.
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