Mediación Consumo: compra cupones descuentos

1. Materia genera8186134917_25fd9d7c20l (telecomunicaciones, compras….): cupón de descuento.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: la consumidora adquirió un cupón de viajes a través de la web de Groupon, empresa adherida a Confianza Online, que le fue imposible de disfrutar en las fechas establecidas. La reclamante solicitó una solución tanto a la empresa como al hotel, renunciando incluso a una noche de las incluidas en el cupón. No obstante, a fecha de la reclamación todavía no ha recibido solución, por lo que solicita el reembolso del dinero.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: Groupon y una consumidora.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: la consumidora considera que se ha vulnerado el artículo 14 (Principio de legalidad) del Código Ético, en relación con el artículo 1.278 del Código Civil. Tras la reclamación, Groupon solicita realizar una mediación conforme al artículo 34.6 del Código Ético para poder alcanzar un acuerdo.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: Groupon realizará el abono del importe en la cuenta de Groupon de la consumidora y ella se compromete a desistir de tomar acciones legales.

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Mediación Consumo: compra online, entrega fuera de plazo

stock-300x2251. Materia general (telecomunicaciones, compras….): compra online.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: el consumidor realizó la compra de un perfume a través de la web de El Corte Inglés, empresa adherida a Confianza Online. Ante la falta de entrega en el plazo, el consumidor se puso en contacto con la empresa; no obstante, a fecha de interponer la reclamación, todavía no ha recibido el pedido, por lo que solicita su entrega.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: El Corte Inglés y el consumidor.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: el consumidor considera que la empresa vulnera el artículo 14 (Principio de legalidad) del Código Ético, en relación al artículo 1.278 del Código Civil. El Corte Inglés, tras recibir la reclamación, solicita una mediación conforme al artículo 34.6 del Código Ético para poder alcanzar un pacto amistoso.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: El Corte Inglés procederá al envio del producto sustituto aceptado por el consumidor, y éste se compromete a no emprender acciones legales por esta causa.

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Mediación Consumo: compra online, retrasos en la entrega

stock-300x2251. Materia general (telecomunicaciones, compras….): compra online.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: la consumidora compró a través de la web de El Corte Inglés la 1º y 2º temporada de la serie ‘Isabel’. Ante la falta de entrega en el plazo previsto (24 horas), la particular se puso en contacto con la empresa en numerosas ocasiones. A fecha de interponer la reclamación, todavía no ha recibido el pedido, por lo que exige su entrega inmediata.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: El Corte Inglés y una consumidora.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: La consumidora considera que la empresa ha vulnerado el artículo 17 (Plazos de entrega) del Código Ético de Confianza Online, al que está adherido El Corte Inglés. Tras recibir la reclamación, la empresa solicita una mediación conforme al artículo 34.6 del Código Ético para poder alcanzar un acuerdo amistoso.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: El Corte Inglés procederá al envio del artículo de manera inmediata y, por su parte, la consumidora queda satisfecha y desiste de emprender cualquier acción legal referida a este asunto.

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Mediación Consumo: compra online, anulación de pedido

 

FreeGreatPicture.com-6799-internet1. Materia general: compras online.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: el consumidor realizó la compra de unas zapatillas a través de la web de El Corte Inglés. Pasados unos días, recibió un email de la empresa anulando el pedido por falta de stock. No conforme, el consumidor reclama la entrega de un producto del mismo modelo.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: El Corte Inglés y un consumidor particular.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: el consumidor consideraba que la actuación de la empresa podría suponer la vulneración del artículo 14 (principio de legalidad) del Código Ético, en relación al artículo 1.278 del Código Civil. El Corte Inglés, al ser una empresa adherida a Confianza Online, solicitó realizar una mediación conforme al artículo 34.6 del Código Ético como acto de buena fe para poder alcanzar un acuerdo amistoso.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: El Corte Inglés acepta enviarle un artículo en sustitución y el consumidor queda satisfecho y se compromete a desistir de emprender cualquier acción legal referida a esta asunto.

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Mediación Consumo: incumplimiento de las condiciones

stock-300x2251. Materia general (telecomunicaciones, compras….): incumplimiento de las condiciones.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: el consumidor se dio de alta en un servicio a través de la web de Feetbo, empresa adherida a Confianza Online, basándose en las condiciones que anunciaba la página web. A pesar de los requerimientos realizados por parte del consumidor, todavía no se le ha abonado el importe de las encuestas realizadas. El reclamante solicita el abono del dinero.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: Feetbo y un consumidor.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: el particular considera que dicha actuación vulnera el artículo 14 (Principio de legalidad) del Código Ético, en relación con el artículo 1.278 del Código Civil. Tras recibir la reclamación, Feetbo solicita un acto de mediación de acuerdo al artículo 34.6 del Código Ético para llegar a un acuerdo.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: Feetbo procederá al abono del importe total a cambio de que el consumidor no emprenda acciones legales.

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Mediación Consumo: compra online, devolución de un producto

stock-300x2251. Materia general (telecomunicaciones, compras….): devolución compra online.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: el consumidor realizó un pedido a través de la tienda online de Fnac, empresa adherida a Confianza Online. Al percatarse de que estaba en tienda, decidió devolverlo. A día de hoy, la empresa no le ha dado una solución satisfactoria, por lo que solicita el reembolso del importe.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: Fnac y un consumidor.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: el particular considera que dicha actuación vulnera el artículo 18 (Desistimiento y devolución) del Código Ético. Tras recibir la reclamación, Fnac solicita un acto de mediación de acuerdo al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: Fnac ha procedido al abono del importe del pedido. El consumidor queda satisfecho y se compromete a no emprender acciones legales.

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Mediación Consumo: compra online, retraso en la entrega

stock-300x2251. Materia general (telecomunicaciones, compras….): compras online.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: el consumidor realizó un pedido a través de la web de El Corte Inglés, empresa adherida a Confianza Online. Ante la falta de entrega en plazo, el reclamante se puso en contacto con la empresa en numerosas ocasiones. A fecha de la reclamación, el consumidor todavía no ha recibido el pedido, por lo que solicita su entrega inmediata.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: El Corte Inglés y un consumidor.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: el particular considera que dicha actuación vulnera el artículo 14 (Principio de legalidad) del Código Ético, en relación con el artículo 1.278 del Código Civil. Tras recibir la reclamación, El Corte Inglés solicita un acto de mediación de acuerdo al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: El Corte Inglés ha procedido al envio del producto sustituto. El particular queda satisfecho y se compromete a no iniciar acciones legales.

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Laudo Arbitral: La empresa cancela un pedido

portadafolletoMATERIA: Compras on line.

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

a) Problema de los consumidores o usuarios: El cliente realizó el pedido de un pack de fotografía (cámara y trípode) por un importe de 17, 32 € gastos de envío incluidos. Pedido que la empresa cancela aduciendo un error en el precio de la cámara.

Además la empresa le modifica las condiciones de entrega, siendo necesaria su recogida en tienda, en lugar de su envío a domicilio.

Por este motivo, solicita el cumplimiento del contrato de compraventa, con la entrega por tanto del pack de fotografía.

b) Práctica de la empresa: La empresa alega un error en el precio ofertado (0 €), comunicando dicho error a los consumidores, además de bloqueando la página en cuestión.

Además alega que el cliente recibió la confirmación del pedido pero no la factura de compra, por lo que la cancelación se llevó a cabo de forma automática

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE:  La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO:  Desestimar la pretensión del reclamante, no procediendo a la entrega ni compensación por parte de la empresa reclamada.

TIPO DE ÓRGANO:  Órgano Arbitral colegiado.

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Mediación Consumo: entrega defectuosa

file35613263788721. Materia general (telecomunicaciones, compras….): entrega defectuosa.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: la consumidora realizó un pedido a través de la web de la tienda de ropa Blanco, empresa adherida a Confianza Online. Tras recibir la mitad del pedido, le llega un email en el que se le informa que por falta de stock el resto de productos no serán entregados. Tras varias llamadas a la empresa, el SAC se puso en contacto con ella para informarle que le devolvían los gastos de envio. No conforme, solicita el envio de productos similares al mismo precio.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: Blanco y una consumidora.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: la particular considera que dicha actuación vulnera el artículo 14 (Principio de legalidad) del Código Ético, en relación con el artículo 1.278 del Código Civil. Tras recibir la reclamación, Blanco solicita un acto de mediación de acuerdo al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: Blanco abonará el importe de las llamadas al Servicio de Atención al Cliente. La particular queda satisfecha y no emprenderá acciones legales.

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Laudo Arbitral: Entrega del premio de un concurso

internetfijomovilMATERIA: Compras on-line

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

a) Problema de los consumidores o usuarios: Falta de entrega de un dispositivo móvil con el que resultó agraciada por participar en una promoción a través de la página Web de una famosa compañía de refrescos de cola. Por este motivo, solicita la entrega del premio, en este caso un teléfono móvil, así como la restitución de los pin- codes en su cuenta.

b) Práctica de la empresa: La compañía alega un error informático fortuito e involuntario que ocasionó el colapso de su página Web durante siete horas durante el cual ningún usuario pudo participar en esa promoción.

 ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO:  Estimar la pretensión del reclamante, procediendo a la entrega del teléfono establecido en las bases de la promoción, y en caso de no poder proporcionar ese dispositivo móvil, entregarle otro con iguales características.

TIPO DE ÓRGANO:  Órgano Arbitral colegiado.

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