Laudo Arbitral: Regalo en un portal de Internet

comprasMATERIA: Compras on line

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

a) Problema de los consumidores o usuarios: El consumidor adquirió dos lotes de una consola de videojuegos, que incluían dos juegos de regalo en un portal de internet, por un precio de 10 € cada uno de ellos (Más gastos de envío), no recibiendo uno de los lotes, considerando el incumplimiento de la propia oferta de venta, así como el del contrato de compraventa ya perfeccionado.

Por este motivo, solicita la entrega del lote que le quedaba por recibir, de una videoconsola más los dos videojuegos correspondientes.

b) Práctica de la empresa: La empresa alega un supuesto error en el volcado de datos que afectaba al precio final de los productos adquiridos como causa de la decisión empresarial de no enviarle nada más que un lote de productos.

 ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Estimar la pretensión del reclamante, entregando la empresa al precio de 10 €, el lote de la consola junto con los dos videojuegos.

TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.

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Laudo Arbitral Compras: compra online

FreeGreatPicture.com-6799-internetMATERIA: Compras on line.

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

  1. Problema de los consumidores o usuarios: El consumidor pretendía anular la compraventa de un ordenador, debido a que por error imputable a la empresa, fue enviado a una dirección equivocada, impidiendo que el consumidor recibiera el producto en el plazo de 4 días pactado, coincidiendo con el día de Reyes, ya que iba destinado a un regalo. Pese a ello, y haciendo caso omiso a las indicaciones del consumidor, la empresa le envía de nuevo el ordenador en una fecha posterior a la dirección correcta, motivo por el cual el consumidor procede a su devolución y reclama se le abonen los gastos de transporte cobrados indebidamente, el coste financiero de dos meses que indebidamente han retenido su dinero, los gastos de llamadas, empaquetado de la devolución, tiempo perdido y perjuicios ocasionados.

  1. Práctica de la empresa: La empresa ofrece al consumidor como compensación por los daños y perjuicios causados, un cupón de 10 Euros para efectuar compras en sus establecimientos comerciales, no estando de acuerdo el consumidor con dicha compensación, motivo por el cual decide recurrir al arbitraje para hacer valer sus derechos.

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional del Consumo para la solución de la reclamación. No obstante no presenta alegaciones frente a la reclamación.

LAUDO: Estimar parcialmente la pretensión del consumidor, quedando obligada la empresa a abonarle la cantidad de 6,95 €, en concepto de gastos de envío derivados de la devolución del producto, desestimando el resto de sus pretensiones al no quedar acreditadas documentalmente por parte del consumidor.

TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.

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Laudo Arbitral Compras: compra online entradas

FreeGreatPicture.com-6799-internetMATERIA: Compras on line.

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

  1. Problema de los consumidores o usuarios: El consumidor compra un bono solicitando dos entradas al precio de 12 € cada una para una obra de teatro el día 1 de marzo. Sin embargo afirma recibir un correo electrónico donde consta que solamente se había cargado en su tarjeta los 12 € correspondientes a una sola entrada y para un día distinto. El consumidor se queja además de la mala gestión y atención al cliente por parte de la empresa, y solicita la retirada del sello de Confianza Online a dicha empresa por mala gestión y deficiente atención al cliente

  1. Práctica de la empresa: La empresa reclamada niega el error reafirmándose en la postura de que se adquirió una sola entrada y que la respuesta fue correcta, pues se trata de una respuesta automática del servidor.

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, no entrando a valorar el fondo del asunto al considerar que la pretensión no es objeto de arbitraje de consumo, al tener que resolverse la pretensión del consumidor mediante denuncia dirigida a la Entidad de Confianza On Line.

TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.

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Laudo Arbitral Compras: compra online cupón cena

FreeGreatPicture.com-6799-internetMATERIA: Compras on line.

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

  1. Problema de los consumidores o usuarios: El consumidor compra un cupón válido hasta el 17-03-2013 para una cena en un restaurante. Tras múltiples llamadas al restaurante, le resulta imposible hacer la reserva dentro de la fecha de vigencia del cupón, dado que solo está abierto determinados sábados debido a la escasa afluencia de público, resultándole imposible la asistencia en las fechas indicadas por el restaurante. Reclama la devolución del precio del cupón en la misma forma en que fue abonado.

  1. Práctica de la empresa: La empresa reclamada propone la devolución del precio en “crédito Groupon”, siendo rechazada dicha propuesta por el consumidor, que reclama su devolución en la misma forma en que fue abonado.

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, al no haber ejercitado su derecho de desistimiento.

TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.

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Laudo Arbitral Telecomunicaciones: suspensión del servicio

file000364294433Materia: Telefonía

Motivo por el que el consumidor o usuario acude a arbitraje:

a) Problema de los consumidores y usuarios: Reclama ante la suspensión de un servicio de Conexión a Internet 3G que tenía vinculado a la compra de un portátil, con anterioridad a la finalización del mismo. Por tanto, formula reclamación por las cantidades abonadas durante más de 4 meses sin haber recibido un servicio como contraprestación durante ese tiempo, así como solicitando el reintegro de las cantidades pagadas al Departamento de Atención al Cliente de la empresa, para intentar solventar el problema.

b) Práctica de la empresa: La empresa comunica a la parte reclamante que no existe solución al problema de la suspensión del servicio de Internet 3G, la empresa decide abonar la cantidad de 70 euros en la tarjeta de prepago, que resulta ineficaz para el reclamante, puesto que tendría que volver a contratar el servicio.

Actitud de las empresas frente al arbitraje: La empresa se encontraba previamente adherida al Código Ético de Confianza Online. Presentó escrito de alegaciones en el que manifestaba la devolución de las cantidades indebidamente cobradas, el importe de las llamadas efectuadas por la parte reclamante si se informaba correctamente del importe de las mismas y una compensación por las molestias causadas.

Laudo: ESTIMAN la pretensión del reclamante, por lo que la empresa deberá proceder a lo que ha manifestado en su escrito de alegaciones. Pero de forma previa, la consumidora deberá acreditar a la empresa reclamada, el importe de las llamadas realizadas al Servicio de Atención al Cliente.

Tipo de órgano: Órgano Arbitral colegiado constituido por tres árbitros.

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Laudo Arbitral Telecomunicaciones: deudas pendientes

el_cobrador_del_fracMateria: Telefonía

Motivo por el que el consumidor o usuario acude a arbitraje:

  1. Problema de los consumidores y usuarios: Reclama que sean canceladas las deudas pendientes con la compañía y que se le devuelva una determinada cantidad de dinero.

  2. Práctica de la empresa: Envió una oferta para que el consumidor adquiriera un nuevo móvil a cambio de que contrate una nueva línea derivada a su línea tradicional sin sobre coste. Sin embargo, empieza a recibir cargos por dicha línea por la que el consumidor reclamaba sin éxito alguno. Finalmente le acaba otorgando el nuevo terminal, previa aceptación de permanencia de un determinado plazo por el cual comienza a recibir cargos indebidos.

Actitud de las empresas frente a arbitraje: La empresa estaba previamente adherida al Sistema Arbitral de Consumo pero no asistió al acto de audiencia del arbitraje. Debido a ello remitió un escrito con una serie de alegaciones en las que comunica que el plazo de permanencia derivado de la entrega del móvil no se ha cumplido y en las que formuló un par de reconvenciones por dos deudas pendientes.

Laudo: Se ESTIMAN las pretensiones del reclamante por quedar demostrado que se ha producido un incumplimiento por parte de la compañía y que se ha cobrado indebidamente las cantidades que ahora se reclaman. Por lo que se debe proceder a la devolución de esa cantidad determinada de dinero indebidamente percibida, se debe dar de baja del contrato sin penalización alguna y se debe excluir de los datos del consumidor de los registros de morosos.

Tipo de órgano: Órgano Arbitral colegiado constituido por 3 árbitros.

TEXTO ORIGINAL

Laudo Arbitral Telecomunicaciones: tarifa plana

file000364294433Materia: Telefonía

Motivo por el que el consumidor o usuario acude a arbitraje:

  1. Problema de los consumidores y usuarios: El consumidor contrata una tarifa plana que resultó poco razonable debido a su consumo habitual y procedió a darse de baja en enero.

  2. Práctica de la empresa: Tras la baja, dicho concepto volvió a aparecer en la factura correspondiente a abril.

Actitud de las empresas frente a arbitraje: La compañía se presentó a la vista del arbitraje.

Laudo: Se ESTIMAN las pretensiones del reclamante determinando que se reembolse al consumidor una determinada cantidad correspondientes a las facturas de diciembre a abril.

Tipo de órgano: Órgano Arbitral constituido por 3 árbitros.

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Laudo Arbitral Telecomunicaciones: permanencia

telefonomovilfacturaMateria: Telefonía

Motivo por el que el consumidor o usuario acude a arbitraje:

  1. Problema de los consumidores y usuarios: Reclama la anulación de una penalización en concepto de un contrato de compromiso de permanencia, debido a que adquirió un terminal mediante un crédito al consumo sin recibir apoyo económico alguno por parte de la compañía telefónica. Además, el consumidor alega que no recibió una información adecuada del precio de la terminal porque en un principio se le comunicó que sería gratis.

  2. Práctica de la empresa: La compañía telefónica vendió la terminal por una determinada cantidad, a la cual se le aplicó un descuento por la utilización de puntos acumulados.

Actitud de las empresas frente a arbitraje: La empresa estaba adherida de antemano al Sistema Arbitral de Consumo aunque no se personó al acto de la audiencia. Sin embargo, remitió unas alegaciones en las que comunicaba que la permanencia estaba ligada a la terminal y no a la prestación del servicio, y que la consumidora había aceptado ese periodo mínimo como contrapartida a algún apoyo económico.

Laudo: Se ESTIMAN las pretensiones de la consumidora, por lo que la compañía queda obligada a emitir una nueva factura donde no facture ese cargo en concepto de “Contrato de Compromiso de Permanencia”. Esto es debido a que la consumidora acreditó que existía una relación de consumo entre las partes y que adquirió la terminal mediante un contrato de crédito al consumo, sin que la compañía acreditara que otorgó un apoyo económico a la reclamante.

Tipo de órgano: Órgano Arbitral constituido por un único árbitro.

TEXTO ORIGINAL

Laudo Arbitral Telecomunicaciones: teléfono móvil

smartphones_frontMateria: Telefonía

Motivo por el que el consumidor o usuario acude a arbitraje:

a) Problema de los consumidores y usuarios: Reclama que se proceda a la devolución de una determinada cantidad de dinero que pagó por la compra de un teléfono móvil. Debido a que dicho terminal no ofrece las prestaciones que realmente debería dar (La batería del mismo no dura las horas que se mostraban en la oferta), la parte reclamante acudió hasta dos veces al servicio técnico para una reparación del móvil o sustitución de la batería.

b) Práctica de la empresa: El servicio técnico de la empresa de telecomunicaciones llevo a cabo la revisión del terminal, considerando que la batería se encontraba en perfecto estado y no sustituyendo la misma, ni procediendo a la devolución de la cantidad pagada por el terminal.

Actitud de las empresas frente al arbitraje: La empresa se encontraba previamente adherida al Código Ético de Confianzaonline. Esta empresa reclamada no presenta alegación alguna ante las presentadas por la parte reclamante.

Laudo: Se ESTIMA la pretensión del consumidor por la vulneración del Artículo 19 del Código Ético de Comercio Electrónico y Publicidad Interactiva, que trata de la reparación y sustitución de bienes de consumo. Por tanto, se procederá, según este laudo, a la devolución al consumidor, del importe de teléfono móvil adquirido, que supone una cuantía de 59 euros.

Tipo de órgano: Órgano arbitral colegiado constituido por tres árbitros.

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Laudo Arbitral Telecomunicaciones: cortes servicio ADSL

internetfijomovilMateria: Telefonía

Motivo por el que el consumidor o usuario acude a arbitraje:

a) Problema de los consumidores y usuarios: Reclama ante esta empresa de Telecomunicaciones por constantes cortes, de hasta una semana de duración, en el servicio de ADSL. Lleva a cabo un cambio de contrato, que no una baja, dado que la empresa le aconseja que reduzca los Mb contratados, y se le tramita un cobro en concepto de penalización de baja anticipada. Así que esta parte reclama ante este Órgano Arbitral la devolución de las cantidades durante el período con interrupciones de la línea de teléfono, así como el reembolso del importe cobrado por la baja anticipada, puesto que a esta parte se le comunicó que no era una baja, sino un cambio de contrato.

b) Práctica de la empresa: Tramita la baja del servicio de línea teléfonica y ADSL tras la petición de la parte reclamante. Posteriormente dan de alta en un servicio ADSL más llamadas diferente del anterior. La empresa ante la cancelación anticipada de estos servicios, tramita a la parte reclamante una factura por importe de 80 euros, en concepto de ruptura del compromiso de permanencia.

Actitud de las empresas frente al arbitraje: La empresa se encontraba previamente adherida al Código Ético de Confianza Online. La parte reclamada presenta escrito de alegaciones, en el que exponen que la parte reclamante se había dado de baja del servicio de llamadas y ADLSL, y posteriormente se volvió a dar de alta en otro servicio similar pero con menos Mbs.

Que con anterioridad a la finalización del contrato, la parte reclamante causa baja anticipada de dicho servicio, por lo que se produce una ruptura del contrato de permanencia, y que debido a ello se había llevado a cabo una facturación de 80 euros.

Laudo: ESTIMAN en parte la pretensión de la parte reclamante, por lo que la empresa deberá proceder a abonar la cantidad de 80 euros cobrados en concepto de penalización por baja anticipada, por existir una vulneración del Artículo 14 “Principio de Legalidad” del Código Ético de Confianza Online. En lo que respecta a la devolución de las cantidades pagadas por la consumidora, no proceden, dado que no se puede constatar la existencia de interrupciones e incidencias en los servicios ya citados.

Tipo de órgano: Órgano Arbitral colegiado constituido por tres árbitros.

TEXTO ORIGINAL