Laudo Arbitral Telecomunicaciones: promoción sin permanencia

file000364294433Materia: Telefonía

Motivo por el que el consumidor o usuario acude a arbitraje:

a) Problema de los consumidores y usuarios: Reclama debido a que contrató con la empresa reclamada, a través de su página web, una promoción sin permanencia a un precio de 9,95 euros, y a pesar de la confirmación por parte de la empresa de la contratación de dicha oferta, nunca se le ha llegado a aplicar la misma, sino otra diferente. Así que, reclama la aplicación de la citada promoción, así como la devolución de las cantidades indebidamente cobradas.

b) Práctica de la empresa: La empresa comercializó una tarifa concreta a un precio de 9,95 euros sin permanencia, ni limitación en el tiempo, pero posteriormente aplicó otra tarifa distinta. Por lo que, procedió a reembolsar a la parte reclamante la cantidad de 47,20 euros por la diferencia entre las cuotas entre las dos tarifas. Así como la parte reclamada, también procedió a comunicarle a la reclamante, que continuaría vigente la tarifa que difería de la realmente contratada.

Actitud de las empresas frente al arbitraje: Esta empresa se encontraba previamente adherida al Código Ético de Confianza Online. Presenta escrito de alegaciones en el que expone que ya procedió al reembolso de la cantidad de 47,20 euros, y que realizó la comunicación a la reclamante, en la que le informaba de que continuaría con la tarifa que se le había aplicado hasta el momento.

Laudo: ESTIMAN parcialmente la pretensión del consumidor, por lo que la empresa procederá a aplicar en la facturación de la reclamante, la tarifa que esta contrató. En lo que respecta a la devolución de las cantidades indebidamente cobradas, no procede, dado que ya se entiende realizado por el reembolso llevado a cabo por la empresa a favor de la parte que aquí reclama.

Tipo de órgano: Órgano Arbitral colegiado constituido por tres árbitros.

TEXTO ORIGINAL

Laudo Arbitral Telecomunicaciones: servicio ADSL

internetfijomovilMateria: Telefonía

Motivo por el que el consumidor o usuario acude a arbitraje:

a) Problema de los consumidores y usuarios: Reclama por la falta de cumplimiento de condiciones de un contrato de prestación de servicios de ADSL Router, puesto que tras darse de alta el 9 de Diciembre de 2003, todavía no se ha llevado a cabo dicho servicio. Por lo que solicita que se cumpla el contrato suscrito, o se le compense de acuerdo con la legislación actual.

b) Práctica de la empresa: Debido a que la línea del reclamante no era válida para la correcta prestación del servicio de ADSL, la empresa encargada de la habilitación de la línea, le comunicó a la parte que aquí reclama, la cancelación de la solicitud de alta. Comunicación que fue recibida por la empresa reclamada, y que tras ello procedió a cancelar la solicitud.

Actitud de las empresas frente al arbitraje: Esta empresa se encontraba previamente adherida al Código Ético de Confianza Online. Asistió al acto de audiencia del arbitraje, aportando un detallado escrito de alegaciones en el que la empresa expone que en los procesos de altas y bajas en los servicios ADSL intervienen varias compañías encargadas de diferentes tareas. Esta empresa en concreto se encarga de proveer de acceso a Internet a los clientes, y las otras dos, gestionan la habilitación de líneas y los trabajos oportunos en las mismas para habilitarlas.

Con respecto a la compensación demandada por el reclamante, esta empresa alega, que dado que no se llego a prestar el servicio citado, no se genero ninguna factura por el mismo.

Laudo: El Colegio arbitral procede a la DESESTIMACIÓN de la solicitud de arbitraje presentada por el consumidor, tras la petición de este órgano colegiado a la empresa que se encarga de habilitar la línea, de confirmar la imposibilidad de instalación del servicio de ADSL, pudiendo solo establecerse dicho servicio, sí el consumidor hubiera cambiado de número de teléfono. Por lo que se consideró que la empresa reclamada actuó de forma correcta.

Tipo de órgano: Órgano Arbitral colegiado constituido por tres árbitros.

TEXTO ORIGINAL

Laudo Arbitral Telecomunicaciones: tarifas

telefonomovilfacturaMateria: Telefonía

Motivo por el que el consumidor o usuario acude a arbitraje:

a) Problema de los consumidores y usuarios: El consumidor reclama porque contrató una determinada Tarifa con duración de un año, así como sin permanencia, y se le han pasado unos cobros por importes no correspondientes a esa tarifa y por permanencia, que según lo contratado no existía.

b) Práctica de la empresa: Tras ser analizado el caso por el Servicio de Atención al Cliente de la empresa, proceden a realizar dos abonos correspondientes por las cantidades indebidamente cobradas. Propuesta trasladada al reclamante y aceptada por el mismo.

Actitud de las empresas frente al arbitraje: Esta empresa se encontraba previamente adherida al Código Ético de Confianza Online. Presenta escrito de alegaciones en el que asume la reclamación presentada por el consumidor.

Laudo: Se produce un LAUDO CONCILIATORIO, puesto que las partes han llegado a un acuerdo.

Tipo de órgano: Órgano Arbitral colegiado constituido por tres árbitros.

TEXTO ORIGINAL

Laudo Arbitral Compras: compra online aire acondicionado

FreeGreatPicture.com-6799-internetMATERIA: Compras on line.

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

a) Problema de los consumidores o usuarios: El reclamante en su solicitud de arbitraje alega que en la adquisición on line de un aparato de aire acondicionado Witsubishi, habiéndose completado satisfactoriamente la adquisición del producto e incluso el cobro del mismo, no fue entregado porque la empresa alegó error en el precio. Se solicita la recepción del pedido conforme al precio ofertado en la web de la empresa.

b) Práctica de la empresa: La empresa alega haberse puesto en contacto telefónico con el consumidor explicándole que en la oferta publicada había un error tipográfico en el precio, pero que por las molestias le ofrecían un cupón de 20 Euros de descuento en otras compras.

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, no procediendo, por tanto, entrega ni compensación alguna por parte de la empresa reclamada, Carrefouronline S.L.U, al considerar notorio que el precio ofertado (268,90 €) no podía corresponder a un producto con las características técnicas, de diseño y plena actualidad como el que nos ocupa, cuyo precio real era muy superior. Se alega jurisprudencia en tal sentido acerca del ejercicio abusivo del derecho por parte del consumidor.

TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.

TEXTO COMPLETO

Laudo Arbitral Compras: compra online planta

FreeGreatPicture.com-6799-internetMATERIA: Compras on line.

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

  1. Problema de los consumidores o usuarios: La consumidora adquiere a través de la web de la empresa una planta de pared suponiendo, a la vista de la oferta publicada, que era natural. Sin embargo, se le envía una planta artificial. Reclama por publicidad engañosa, ya que en la oferta no se especifica que la planta fuera artificial, solicitando la devolución de los gastos del envío correspondientes a la devolución del producto, ya que el precio del mismo ya le fue rembolsado por la empresa.

  1. Práctica de la empresa: La empresa reclamada alega que en la página web se informaba de que la planta estaba compuesta de materiales como “plástico y madera”, procediendo a la devolución del precio, por no a los gastos de envío correspondientes a la devolución del producto.

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, al no haber ejercitado su derecho de desistimiento.

TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.

TEXTO COMPLETO

Laudo Arbitral Telecomunicaciones: cancelación de una deuda

el_cobrador_del_fracMateria: Telefonía

Motivo por el que el consumidor o usuario acude a arbitraje:

  1. Problema de los consumidores y usuarios: El consumidor reclama la cancelación de una deuda que reclama la compañía, la desaparición de los registros de morosos y una indemnización de daños y perjuicios. Esto es debido a dos problemas:

  • Respecto de un contrato de telefonía móvil, niega la existencia de la condición de permanencia y además, niega haberlo hecho en razón de la adquisición de un terminal nuevo.

  • Respecto de un contrato de telefonía fija e Internet, que debido a que no recibió atención para arreglar el servicio porque no funcionaba, solicitó la baja del servicio.

  1. Práctica de la empresa: Respecto del contrato de telefonía móvil, otorgó al consumidor un terminal nuevo a cambio de la permanencia y respecto del contrato de telefonía fija e Internet, que se realizó por vía telefónica pero que no envío al consumidor ni el contrato ni tampoco la carta de desistimiento.

Actitud de las empresas frente a arbitraje: La compañía telefónica estaba previamente adherida al Sistema Arbitral de Consumo pero no se personó al acto de audiencia del arbitraje, sino que realizó algunas alegaciones por escrito.

Laudo: Se ESTIMAN PARCIALMENTE las pretensiones del consumidor, de tal manera que la compañía queda obligada a la cancelación de la deuda, a la eliminación de los datos del reclamante de los registros de morosos y a una parte de la indemnización que solicitó.

Todo esto debido a que se probó que no existe un contrato donde se manifiesta la permanencia, a que la compañía no dio el servicio contratado de telefonía fija e Internet y que, respecto de la indemnización, entiende que existe una acción antijurídico que provoca una serie de molestias y daños al reclamante pero que son difíciles de cuantificar.

Tipo de órgano: Órgano Arbitral colegiado constituido por 3 árbitros.

TEXTO ORIGINAL

Laudo Arbitral Compras: compra online frigorifico

FreeGreatPicture.com-6799-internetMATERIA: Compras on line.

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

a) Problema de los consumidores o usuarios: El reclamante en su solicitud de arbitraje alega que en la contratación de un frigorífico americano Bosch, habiéndose completado satisfactoriamente la adquisición del producto e incluso el cobro del mismo, no fue entregado porque la empresa alegó error en el precio. Se solicita la recepción del pedido conforme al precio ofertado en la web de la empresa.

b) Práctica de la empresa: La empresa alega haberse puesto en contacto telefónico con el consumidor explicándole que en la oferta publicada había un error tipográfico en el precio, pero que por las molestias le ofrecían un cupón de 20 Euros de descuento en otras compras.

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, no procediendo, por tanto, entrega ni compensación alguna por parte de la empresa reclamada, Carrefouronline S.L.U, al considerar notorio que el precio ofertado (289,00 €) no podía corresponder a un producto con las características técnicas, de diseño y plena actualidad como el que nos ocupa, cuyo precio real era en el momento de la compra de 2899,00€. Se alega jurisprudencia en tal sentido acerca del ejercicio abusivo del derecho por parte del consumidor.

TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.

TEXTO COMPLETO

Laudo Arbitral Telecomunicaciones: portatil

stock-300x225Materia: Telefonía

Motivo por el que el consumidor o usuario acude a arbitraje:

a) Problema de los consumidores y usuarios: Formula reclamación por la existencia de un fallo en la batería de un portátil que no permite que el ordenador se cargue de forma correcta. Esta parte reclamante constató dicho fallo en la segunda semana desde la compra del ordenador, por lo que solicitó la sustitución de la misma de forma gratuita, al entender que se encontraba dentro del período legal de garantía de un año, obteniendo la negativa de la empresa a dicha sustitución de carácter gratuita.

b) Práctica de la empresa: Comercializó un ordenador portátil a la parte que reclama, y ante la presente reclamación de sustitución de la batería de forma gratuita, le da la contestación al reclamante de que la batería solo tiene un período de una semana de garantía al considerarla como un bien “consumible”, por lo que solo le ofrece la posibilidad de comprar una batería nueva.

Actitud de las empresas frente al arbitraje: La empresa estaba previamente adherida a Código Ético de Confianza Online. Dicha empresa, ni asistió al acto de audiencia ni presento alegación alguna ante la reclamación.

Laudo: Se ESTIMA la pretensión de la parte consumdiora, puesto que se ha considerado que existe una vulneración del Artículo 19 del Código Ético de Comercio Electrónico y Publicidad Interactiva, sobre la reparación y sustitución de bienes de consumo. Por tanto, la empresa deberá proceder a la sustitución de la batería del portátil sin coste alguno para el consumidor.

Tipo de órgano: Órgano Arbitral colegiado constituido por tres árbitros.

TEXTO ORIGINAL

Laudo Arbitral Telecomunicaciones: Pack Prepago

smartphones_frontMateria: Telefonía

Motivo por el que el consumidor o usuario acude a arbitraje:

a) Problema de los consumidores y usuarios: Reclama por la anulación de forma unilateral por parte de la empresa, de la compra de un Pack Prepago de un telefóno móvil. El reclamante realizó la compra por un precio de 25 euros con gastos de envío gratuitos, y posteriormente este pedido fue anulado por la empresa, así que solicita el Pack adquirido al precio establecido por la Web.

b) Práctica de la empresa: La empresa anuló el pedido realizado por la parte reclamante, debido a un precio erróneo en un apartado de la página web.

Actitud de las empresas frente al arbitraje: Esta empresa se encontraba previamente adherida al Código Ético de Comercio Electrónico. Presentó escrito de alegaciones por medio de su departamento jurídico en el que exponían lo siguiente:

-En la página web aparecían visibles el verdadero precio de terminal, pero a la hora de seleccionar el mismo, se producía un error en el recuadro “Mi cesta”, por el que aparecía un precio inferior del realmente ofertado.

-Que junto con la corrección, también se publicó una Nota Informativa en la que se solicitaban disculpas a los compradores, informándoles de las condiciones correctas de la Promoción, así como ofrecerles como compensación una recarga extra de 20 euros en caso de adquirir dicho pack prepago con el precio correcto.

Laudo: DESESTIMAN la pretensión del consumidor por MAYORÍA, con el voto particular del árbitro de la Asociación de Consumidores, que disiente de dicha resolución. Dicha desestimación fundamentada en que el precio del terminal estaba debidamente publicitado en la página web, independientemente de que apareciera otro precio inferior cuando se procedía a la compra del mismo.

Tipo de órgano: Órgano Arbitral colegiado constituido por tres árbitros.

TEXTO ORIGINAL

Laudo Arbitral Compras: compras online cupones

FreeGreatPicture.com-6799-internetMATERIA: Compras on line.

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

  1. Problema de los consumidores o usuarios: El consumidor compró 4 cupones en un portal de internet, canjeables cada uno de ellos por un menú de cocido completo en un restaurante de ambiente tradicional, cuando luego ni el menú era completo ni el ambiente propio de un restaurante, sino de un bar. Por este motivo, solicita la resolución de la compraventa, con la devolución íntegra de los 40 € desembolsados, o la disposición de ese crédito para emplearlo en otra oferta.

  1. Práctica de la empresa: La empresa comercializadora de los cupones informó al consumidor de sus términos generales de uso, a tenor de los cuales una vez canjeados y disfrutados los cupones, no se procederá a la devolución de los importes desembolsados.

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, no procediendo compensación ni entrega alguna por parte de la empresa comercializadora de los cupones.

TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.

TEXTO COMPLETO