MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:
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Problema de los consumidores o usuarios: El consumidor adquirió un televisor en la página web de una cadena de supermercados, que se comprometía a hacer entrega del producto en un plazo no superior a cuatro días laborables y lo hizo veintitrés días naturales después. Por este motivo, solicita una compensación económica.
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Práctica de la empresa: La cadena de supermercados vendedora propuso al consumidor un descuento de 7 euros en futuras compras en su web, que éste consideró insuficiente.
ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. No presentó alegaciones a la reclamación del consumidor.
LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, no procediendo compensación económica alguna al haber rechazado el ofrecimiento por parte de la vendedora de un descuento en próximas compras y no haber acreditado documentalmente el consumidor las molestias aducidas y su cuantía.
TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.