Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario

MyHome_1006Las Entidades financieras a las que esta Ley se refiere podrán conceder préstamos hipotecarios y emitir los títulos necesarios para su financiación, de acuerdo con los requisitos y finalidades que la misma establece, sin perjuicio de que estas Entidades u otras puedan emitir y transmitir obligaciones, con garantía o sin ella, de conformidad con la legislación vigente.

Texto completo: http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1981-8598

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