Laudo Arbitral Telecomunicaciones: tarifas

telefonomovilfacturaMateria: Telefonía

Motivo por el que el consumidor o usuario acude a arbitraje:

a) Problema de los consumidores y usuarios: El consumidor reclama porque contrató una determinada Tarifa con duración de un año, así como sin permanencia, y se le han pasado unos cobros por importes no correspondientes a esa tarifa y por permanencia, que según lo contratado no existía.

b) Práctica de la empresa: Tras ser analizado el caso por el Servicio de Atención al Cliente de la empresa, proceden a realizar dos abonos correspondientes por las cantidades indebidamente cobradas. Propuesta trasladada al reclamante y aceptada por el mismo.

Actitud de las empresas frente al arbitraje: Esta empresa se encontraba previamente adherida al Código Ético de Confianza Online. Presenta escrito de alegaciones en el que asume la reclamación presentada por el consumidor.

Laudo: Se produce un LAUDO CONCILIATORIO, puesto que las partes han llegado a un acuerdo.

Tipo de órgano: Órgano Arbitral colegiado constituido por tres árbitros.

TEXTO ORIGINAL

Laudo Arbitral Compras: compra online aire acondicionado

FreeGreatPicture.com-6799-internetMATERIA: Compras on line.

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

a) Problema de los consumidores o usuarios: El reclamante en su solicitud de arbitraje alega que en la adquisición on line de un aparato de aire acondicionado Witsubishi, habiéndose completado satisfactoriamente la adquisición del producto e incluso el cobro del mismo, no fue entregado porque la empresa alegó error en el precio. Se solicita la recepción del pedido conforme al precio ofertado en la web de la empresa.

b) Práctica de la empresa: La empresa alega haberse puesto en contacto telefónico con el consumidor explicándole que en la oferta publicada había un error tipográfico en el precio, pero que por las molestias le ofrecían un cupón de 20 Euros de descuento en otras compras.

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, no procediendo, por tanto, entrega ni compensación alguna por parte de la empresa reclamada, Carrefouronline S.L.U, al considerar notorio que el precio ofertado (268,90 €) no podía corresponder a un producto con las características técnicas, de diseño y plena actualidad como el que nos ocupa, cuyo precio real era muy superior. Se alega jurisprudencia en tal sentido acerca del ejercicio abusivo del derecho por parte del consumidor.

TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.

TEXTO COMPLETO

Cómo reclamar los errores de facturación de la electricidad

file5139dd0f0ff19Cada vez son más los consumidores que se encuentran con facturas de la luz desproporcionadas. Más allá de los vaivenes en la política energética y de los abusos que hacen de su posición oligopólica las grandes compañías, estas facturas tan elevadas pueden deberse a un problema del contador o a un error de facturación. ¿Qué hay que hacer en estos casos?

Al margen de las subidas en el término fijo (en el término de potencia) de la factura de luz, que están siendo frecuentes tras la última reforma del sector eléctrico, el término variable (los kilovatios consumidos) pueden ser erróneos si el contador no funciona correctamente. La mayoría de los contadores de luz superan los 15 años y están más que amortizados pero a pesar de ello las eléctricas ni han hecho las revisiones oportunas de los mismos ni se han preocupado en mucho tiempo de su sustitución en los casos necesarios.

¿Cómo detectarlo?

Cuando vemos que en la factura aparece un consumo (Kilovatios consumidos) muy elevado en proporción al mismo periodo de años anteriores podemos realizar las siguiente comprobaciones. En primer lugar, comprobaremos la cifra real que aparece en el contador al que deben facilitarnos el acceso en nuestra comunidad de propietarios. Podemos solicitar la llave del cuarto de contadores al presidente o al administrador. Actualmente, las lecturas son reales y se deben realizar por las compañías cada dos meses por lo que en caso de que la cifra no coincida podría tratarse de un error del técnico que hizo la lectura. En ese caso, contactaremos con la compañía para que refacturen de acuerdo a la cifra real y nos reintegren la parte cobrada de más.

Si la cifra coincide con la que aparece en la factura podemos hacer la comprobación de apagar todos los aparactos eléctricos de nuestra vivienda y comprobar que los Kilovatios dejan de contar, si no es así deberíamos contactar cuanto antes con nuestra compañía para que revisara el motivo de este error en el contador. No son infrecuentes los casos de errores en los contadores y en las conexiones  y podríamos estar pagando el consumo de otra vivienda.

Revisar el contador puede tener coste

La compañía tiene obligación de revisar el contador y no puede cobrar por ello al consumidor si efectivamente existe un error. Si se comprueba y el técnico no ve error, entonces sí pueden cobrar por esta comprobación por lo que es importante primero haber realizado las anteriores comprobaciones. Las compañías, que cobran mensualmente los alquileres de los contadores, la gran mayoría más que amortizados, deberían realizar periódicamente estas revisiones y sustituciones en plazo, lo que en pocas veces se ha cumplido por estas empresas sin tener ninguna consecuencia para ellas esta falta de cumplimiento.

Más información pinchando en el enlace.

Mediación Consumo: compra online, entrega fuera de plazo

stock-300x2251. Materia general (telecomunicaciones, compras….): compra online.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: el consumidor realizó un pedido a través de la página web de El Corte Inglés, empresa adherida a Confianza Ética. Ante la falta de entrega en el plazo previsto, el consumidor se puso en contacto en varias ocasiones con la empresa. A fecha de la reclamación, todavía no ha recibido el pedido, por lo que solicita su entrega inmediata.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: El Corte Inglés y un consumidor.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: el particular considera que esta actuación vulnera el artículo 14 del Código Ético, en relación con el artículo 1.278 del Código Civil. Tras recibir la reclamación, El Corte Inglés solicita realizar una mediación conforme al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: por un lado, El Corte Inglés manifiesta sus disculpas por las molestias ocasionadas y, por su parte, el consumidor afirma que la incidencia ha quedado resuelta.

TEXTO COMPLETO

Laudo Arbitral Compras: compra online planta

FreeGreatPicture.com-6799-internetMATERIA: Compras on line.

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

  1. Problema de los consumidores o usuarios: La consumidora adquiere a través de la web de la empresa una planta de pared suponiendo, a la vista de la oferta publicada, que era natural. Sin embargo, se le envía una planta artificial. Reclama por publicidad engañosa, ya que en la oferta no se especifica que la planta fuera artificial, solicitando la devolución de los gastos del envío correspondientes a la devolución del producto, ya que el precio del mismo ya le fue rembolsado por la empresa.

  1. Práctica de la empresa: La empresa reclamada alega que en la página web se informaba de que la planta estaba compuesta de materiales como “plástico y madera”, procediendo a la devolución del precio, por no a los gastos de envío correspondientes a la devolución del producto.

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, al no haber ejercitado su derecho de desistimiento.

TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.

TEXTO COMPLETO

Mediación Consumo: compra online, reembolso del dinero

stock-300x2251. Materia general (telecomunicaciones, compras….): compras online.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: el consumidor realizó una compra a través del sitio web de Zalando, empresa adherida a Confianza Online. El pedido lo realizó el día 17 de diciembre y el 23 le notificaron que estaba disponible para su recogida. No obstante, al personarse en el lugar de recogida le informaron de que no tenían paquetes a su nombre, por lo que contacto con la empresa en múltiples ocasiones sin recibir solución. El consumidor solicita el reembolso del dinero.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: Zalando y el consumidor.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: el consumidor considera que dicha actuación vulnera el artículo 17 (Plazos de entrega) del Código Ético. En el momento de recibir la reclamación, Zalando pidió realizar un acto de mediación conforme al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: Zalando realizará el reintegro del importe del pedido en la cuenta bancaria del consumidor y éste se compromete a no iniciar acciones legales.

TEXTO COMPLETO

Mediación Consumo: tres cupones descuento

8186134917_25fd9d7c201. Materia general (telecomunicaciones, compras….): cupones de descuentos.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: el consumidor contrato tres cupones de un yogur helado a través de Groupon, empresa adherida a Confianza Online. Cuando llegó a la tienda, el servicio que le dieron no era el esperado, por lo que el reclamante exige la devolución del dinero.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: Groupon y el consumidor.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: el consumidor considera que esta actuación vulnera el artículo 14 (Principio de legalidad) del Código Ético, en relación con el artículo 1.278 del Código Civil. Tras recibir la reclamación, Groupon solicitó realizar un acto de mediación conforme al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: Groupon procederá a realizar el abono del crédito en la cuenta Groupon del consumidor a cambio de que él se comprometa a no tomar acciones legales por este asunto.

TEXTO COMPLETO

Laudo Arbitral Telecomunicaciones: cancelación de una deuda

el_cobrador_del_fracMateria: Telefonía

Motivo por el que el consumidor o usuario acude a arbitraje:

  1. Problema de los consumidores y usuarios: El consumidor reclama la cancelación de una deuda que reclama la compañía, la desaparición de los registros de morosos y una indemnización de daños y perjuicios. Esto es debido a dos problemas:

  • Respecto de un contrato de telefonía móvil, niega la existencia de la condición de permanencia y además, niega haberlo hecho en razón de la adquisición de un terminal nuevo.

  • Respecto de un contrato de telefonía fija e Internet, que debido a que no recibió atención para arreglar el servicio porque no funcionaba, solicitó la baja del servicio.

  1. Práctica de la empresa: Respecto del contrato de telefonía móvil, otorgó al consumidor un terminal nuevo a cambio de la permanencia y respecto del contrato de telefonía fija e Internet, que se realizó por vía telefónica pero que no envío al consumidor ni el contrato ni tampoco la carta de desistimiento.

Actitud de las empresas frente a arbitraje: La compañía telefónica estaba previamente adherida al Sistema Arbitral de Consumo pero no se personó al acto de audiencia del arbitraje, sino que realizó algunas alegaciones por escrito.

Laudo: Se ESTIMAN PARCIALMENTE las pretensiones del consumidor, de tal manera que la compañía queda obligada a la cancelación de la deuda, a la eliminación de los datos del reclamante de los registros de morosos y a una parte de la indemnización que solicitó.

Todo esto debido a que se probó que no existe un contrato donde se manifiesta la permanencia, a que la compañía no dio el servicio contratado de telefonía fija e Internet y que, respecto de la indemnización, entiende que existe una acción antijurídico que provoca una serie de molestias y daños al reclamante pero que son difíciles de cuantificar.

Tipo de órgano: Órgano Arbitral colegiado constituido por 3 árbitros.

TEXTO ORIGINAL

Laudo Arbitral Compras: compra online frigorifico

FreeGreatPicture.com-6799-internetMATERIA: Compras on line.

MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:

a) Problema de los consumidores o usuarios: El reclamante en su solicitud de arbitraje alega que en la contratación de un frigorífico americano Bosch, habiéndose completado satisfactoriamente la adquisición del producto e incluso el cobro del mismo, no fue entregado porque la empresa alegó error en el precio. Se solicita la recepción del pedido conforme al precio ofertado en la web de la empresa.

b) Práctica de la empresa: La empresa alega haberse puesto en contacto telefónico con el consumidor explicándole que en la oferta publicada había un error tipográfico en el precio, pero que por las molestias le ofrecían un cupón de 20 Euros de descuento en otras compras.

ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.

LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, no procediendo, por tanto, entrega ni compensación alguna por parte de la empresa reclamada, Carrefouronline S.L.U, al considerar notorio que el precio ofertado (289,00 €) no podía corresponder a un producto con las características técnicas, de diseño y plena actualidad como el que nos ocupa, cuyo precio real era en el momento de la compra de 2899,00€. Se alega jurisprudencia en tal sentido acerca del ejercicio abusivo del derecho por parte del consumidor.

TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.

TEXTO COMPLETO

Mediación Consumo: compra online, falta de entrega

stock-300x2251. Materia general (telecomunicaciones, compras….): compras online.

2. Problema sobre el que versa la mediación, resolución o acuerdo: el consumidor realizó una compra a través del portal web de El Corte Inglés, empresa adherida a Confianza Online. Ante la falta de entrega en el plazo previsto, el reclamante se puso en contacto con la empresa. No obstante, en el momento de interponer la reclamación todavía no ha recibido el pedido, por lo que exige su entrega.

3. Partes participantes en la mediación, resolución o acuerdo: El Corte Inglés y el consumidor.

4. Fundamentos del acuerdo, mediación o resolución: el consumidor considera que esta actuación vulnera el artículo 14 del Código Ético, en relación al artículo 1.278 del Código Civil. Tras recibir la reclamación, El Corte Inglés solicita un acto de mediación conforme al artículo 34.6 del Código Ético.

5. Acuerdo al que se llega por las partes: El Corte Inglés procederá al envio de los productos sustitutos. El consumidor queda conforme y se compromete a no iniciar acciones legales.

TEXTO COMPLETO