MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:
a) Problema de los consumidores o usuarios: La reclamante alega que compró por Internet un Televisor Samsung LED Smart TV 3D UE46ES6100 por importe de 55,17€, y que dicho producto no le fue entregado, ya que la empresa alegó error en el precio, reembolsando el precio abonado por dicho producto. El consumidor reclama el cumplimiento del contrato.
b) Práctica de la empresa: La empresa, al percatarse del error en el precio ofertado, procede a anular el pedido, reembolsando al consumidor el precio que había pagado por el producto, que no se llegó a suministrar.
ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional del Consumo para la solución de la reclamación. Durante la tramitación del procedimiento arbitral, no presentó alegaciones.
LAUDO: Se desestima la pretensión de la reclamante, no procediendo, por tanto, entrega ni compensación alguna por parte de la empresa reclamada, Pixmanía S.A., al considerar que la reclamación constituye un abuso de derecho por parte del consumidor, al entender que cualquier persona con mediana capacidad intelectiva es capaz de comprender la existencia del error.
TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.