MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:
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Problema de los consumidores o usuarios: El consumidor compra un bono solicitando dos entradas al precio de 12 € cada una para una obra de teatro el día 1 de marzo. Sin embargo afirma recibir un correo electrónico donde consta que solamente se había cargado en su tarjeta los 12 € correspondientes a una sola entrada y para un día distinto. El consumidor se queja además de la mala gestión y atención al cliente por parte de la empresa, y solicita la retirada del sello de Confianza Online a dicha empresa por mala gestión y deficiente atención al cliente
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Práctica de la empresa: La empresa reclamada niega el error reafirmándose en la postura de que se adquirió una sola entrada y que la respuesta fue correcta, pues se trata de una respuesta automática del servidor.
ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.
LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, no entrando a valorar el fondo del asunto al considerar que la pretensión no es objeto de arbitraje de consumo, al tener que resolverse la pretensión del consumidor mediante denuncia dirigida a la Entidad de Confianza On Line.
TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.