Sentencia 27/14 del Juzgado de Primera Instancia Nº 27 de Barcelona de 20 Febrero

1. Tipo de la Resolución

Sentencia

2. Órgano que resuelve

Juzgado de Primera Instancia

3. Materia objeto de la demanda

Deuda Subordinada

4. Partes

  • Demandante: Consumidores Afectados

  • Demandada: Catalunya Banc S.A

5. Antecedentes

Colocación de deuda subordianda a unos consumidores con estudios primarios, clientes de la entidad desde 1981 que carecían de formación financiera y que confiaban en la relación de trato habitual con un empleado de la entidad.

6. Fundamentos jurídicos

información dada por la entidad contrariamente a lo establecido legalmente debe ser así al tiempo de celebrar cualquier tipo de contrato, con mayor razón si cabe ha de serlo en el ámbito de la contratación bancaria y con las entidades financieras en general, que ha venido mereciendo durante los últimos años una especial atención por parte del legislador, estableciendo códigos y normas de conducta y actuación que tienden a proteger, no únicamente al cliente consumidor, sino al cliente en general, en un empeño por dotar de claridad y transparencia a las operaciones que se realizan en dicho sector de la actividad económica.

7. Fallo

  • Nulidad por vicio en el consentimiento

  • Restitución de las cantidades

SENTENCIA COMPLETA

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