MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:
a) Problema de los consumidores o usuarios: El reclamante adquirió dos televisiones tienda online de la compañía, al precio de venta al publico de 1,60€ cada unidad, mas 100€ de gastos de envío, abonándolos con tarjeta de crédito,y recibiendo la factura por e-mail.
Posteriormente le comunican que no pueden atender su pedido por haber existido un error en el precio que aparecía en la web por lo que le reintegran el importe pagado.
El clientes solicita los dos televisores al precio ofertado.
b) Práctica de la empresa: La empresa alega un error de transcripción en el precio publicado en la web, dado que el precio real era de 1599 euros/unidad.
Dicho error se subsana de manera inmediata, lo que se notifica al reclamante mediante burofax informándole del error y del reembolso del importe pagado.
ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.
LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, no procediendo a entrega alguna por parte de la empresa reclamada, Electrodomésticos Menaje del Hogar.
Órgano Arbitral colegiado.