MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:
a) Problema de los consumidores o usuarios: El reclamante realizó la compra, a través de la página web de la empresa, de una unidad de un videojuego “Edición Limitada” por 9,95 € (siendo el precio anterior de 102,90 €), cancelándose el pedido posteriormente, por la empresa vendedora.
Por ello, el cliente reclama la entrega de los productos adquiridos al precio ofertado, u otro de iguales o superiores características, que se corresponda con el precio real de 102,90 €.
b) Práctica de la empresa: La empresa alega rotura de stock del fabricante avisando a los clientes de la falta de existencias del producto.
Así mismo, y teniendo en cuenta el carácter de edición limitada del videojuego, la compañía optó por ofrecer el juego similar al ofertado en edición normal, valorado en 58,90 €. El cliente en cuestión, no accedió a dicha propuesta.
ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.
LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, no procediendo compensación ni entrega alguna por parte de la empresa reclamada El Corte Inglés S.A.
TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.