MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:
a) Problema de los consumidores o usuarios: El consumidor adquirió una televisión en el portal de internet de la compañía, a un precio de 1.699 €, ofreciendo un descuento del 41 %, quedando el precio final del producto adquirido en 999 euros.
Sin embargo, la empresa le ofrece otros productos de similares características físicas, pero no funcionales, suponiendo descuentos menores, puesto que no disponían del producto inicial en ese momento.
b) Práctica de la empresa: La empresa alega falta de previsión de los productos disponibles ofertados, ofreciéndole otros productos, de un precio real menor.
ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.
LAUDO: Estimar la pretensión del reclamante por lo que Grandes Almacenes Fnac España SAU, deberá hacer entrega de, un TV LCD de la marca comercial SONY del tamaño 46” y FULL HD, con características y calidad idéntica o superior a la del modelo elegido en el pedido.
TIPO DE ORGANO: Órgano Arbitral colegiado.