MOTIVO POR EL QUE EL CONSUMIDOR O USUARIO ACUDE AL ARBITRAJE:
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Problema de los consumidores o usuarios: El consumidor compra un cupón válido hasta el 17-03-2013 para una cena en un restaurante. Tras múltiples llamadas al restaurante, le resulta imposible hacer la reserva dentro de la fecha de vigencia del cupón, dado que solo está abierto determinados sábados debido a la escasa afluencia de público, resultándole imposible la asistencia en las fechas indicadas por el restaurante. Reclama la devolución del precio del cupón en la misma forma en que fue abonado.
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Práctica de la empresa: La empresa reclamada propone la devolución del precio en “crédito Groupon”, siendo rechazada dicha propuesta por el consumidor, que reclama su devolución en la misma forma en que fue abonado.
ACTITUD DE LA EMPRESA FRENTE A ARBITRAJE: La empresa estaba adherida al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que ha agotado el procedimiento de mediación, y acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional de Consumo para la solución de la reclamación. Presentó alegaciones a la reclamación del consumidor, en el sentido anteriormente mencionado.
LAUDO: Desestimar la pretensión del reclamante, al no haber ejercitado su derecho de desistimiento.
TIPO DE ÓRGANO: Órgano Arbitral colegiado.