1.- RESOLUCIÓN: Sentencia nº 581/2012 de fecha 12-12-2012.
2.- ÓRGANO: Audiencia Provincial de Madrid , sec. 21ª
3.- PROCEDIMIENTO: Procedimiento : juicio verbal – Recurso de Apelación nº 433/2011.
4.- PONENTE: Dña. Mª Almudena Cánovas del Castillo Pascual
5.- MATERIA: Contrato de compraventa de vehículo. Reintegro del coste de reparación por el contrato de garantía. LItisconsorcio pasivo necesario.
6.- RESUMEN: Contrato de compraventa de vehículo. Garantía de reparación. La Sala condena al taller de reparación autorizado por el contrato de garantía a reintegrar al comprador del vehículo el coste de la reparación que le satisfizo. La Sala no aprecia la falta de litisconsorcio pasivo alegado por el taller, sin perjuicio de las acciones de reclamación que taller pueda realizar frente a la mercantil con la que convino la prestación de los servicios de garantía que ofertaba a sus clientes porque el comprador es ajeno a cualquier relación entre ellos habida (FJ 6).
7.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS: RDLeg. 1/2007 de 16 noviembre 2007. Defensa de los Consumidores y Usuarios art.125.1
Ley 26/1984 de 19 julio 1984. General para la Defensa de Consumidores y Usuarios art.10
8.- FALLO: Se desestima el recurso de apelación formulado contra la Sentencia dictada en Primera Instancia , y se confirma la misma, en virtud de la cual se condenaba al taller a abonar al consumidor el importe de la reparación en base a la garantía.