La STJUE de 26 de abril de 2012 (asunto C-472/10) declara la conformidad con el Derecho derivado de la U.E. y, en particular, con la Directiva 93/13/CEE, de las normas nacionales que permiten la apreciación de oficio de la nulidad de cláusulas abusivas en contratos de consumo; así como las que establecen la eficacia “ultra partes” de resoluciones judiciales que declaran la nulidad de aquéllas en el caso de que sean dictadas en un procedimiento en el que se ha ejercitado un acción fundada en la tutela del interés público.
Estudio de José Manuel Busto Lago; Catedrático de Derecho Civil.