Estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Banco Popular Español S.A contra la sentencia, de fecha 10 de mayo de 2013, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Ourense, en autos de Juicio Ordinario nº 79/13, rollo de sala 393/13, en el sentido de absolver a la demandada de la condena a la devolución de las cantidades percibidas en aplicación de la cláusula que se anula, debiendo la misma recalcular el plan de amortización del préstamo hipotecario eliminando la cláusula a partir de la fecha de la firmeza de la presente resolución, sin hacer expreso pronunciamiento en costas…