Las nuevas fórmulas de intercambio societario y las modalidades de contratación en ellas subyacentes han dado lugar a modernos fenómenos de contratación, caracterizados por la presencia de una parte contratante o empresaria que se sitúa en el tráfico jurídico frente a otra parte contratante que es el consumidor o usuario individual. Fruto del avance en las relaciones entre ambos ha sido, desde hace años, el surgimiento de fórmulas de contratación estereotipadas plasmadas en contratos tipo —de adhesión o similares— en los que de uno u otro modo el consumidor se ve constreñido si quiere disfrutar del producto, bien o servicio, ofrecido en el mercado, a
tener que mantener relaciones con los diversos operadores; en otros casos, el consumidor aparece afectado no ya por realizar una operación jurídica, sino por el simple gesto cotidiano de ser comprador de un producto o usuario de
un servicio. Sea como fuere, lo cierto es que en esta variedad de supuestos hay un elemento común esencial y es que el destinatario final del producto, bien o servicio es un consumidor o usuario el cual, teniendo en cuenta el moderno funcionamiento del mercado, no siempre aparece individualmente determinado ni conocido.
Estudio realizado por Virtudes Ochoa Monzó; Profesora Titular de Derecho procesal.