1

ADICAE detecta al menos 35 cláusulas abusivas en cuentas corrientes de los principales bancos en España

 

Ampliar imagen

Los contratos de cuentas corrientes y tarjetas, ya sean de débito como de crédito, son los más usuales dentro de la relación existente entre los consumidores y usuarios y las entidades bancarias. De hecho, podemos decir que un consumidor sale a la economía, al mercado laboral, a ganarse la vida, con una cuenta corriente bajo el brazo. Por eso precisamente, dada la “necesidad imperiosa” de tener cuentas corrientes y tarjetas en nuestra sociedad actual, los consumidores y usuarios no atendemos al clausulado ni a las informaciones previas a la hora de la contratación.

Los contratos de cuentas corrientes y tarjetas, ya sean de débito como de crédito, son los más usuales dentro de la relación existente entre los consumidores y usuarios y las entidades bancarias. De hecho, podemos decir que un consumidor sale a la economía, al mercado laboral, a ganarse la vida, con una cuenta corriente bajo el brazo. Por eso precisamente, dada la “necesidad imperiosa” de tener cuentas corrientes y tarjetas en nuestra sociedad actual, los consumidores y usuarios no atendemos al clausulado ni a las informaciones previas a la hora de la contratación.

Por ello, ADICAE hace bien patente la necesidad de una concienciación en educación bancaria en aras a proteger los intereses de los consumidores en estos contratos tan típicos. Es indispensable que los usuarios leamos absolutamente todas las cláusulas de los contratos que firmemos para abrir una cuenta y mantener una tarjeta. Para ayudar a ello y dar más pasos para garantizar la protección de los consumidores, ADICAE ha analizado a continuación diferentes contratos de entidades bancarias, un total de siete: BBVA, Santander, CaixaBank, Banesto, Bankia, Bantierra y AvantCard.

En su análisis, la asociación ha estado haciendo hincapié en las cláusulas tanto abusivas en virtud del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, como en aquellas cláusulas que contravienen lo establecido en la normativa española, en particular contrarias a la normativa de transparencia y buenas practicas bancarias. El resultado es demoledor; al menos 35 cláusulas de estas entidades financieras pueden considerarse abusivas, y deben ser detectadas y eliminadas lo antes posible. Aquí van las más llamativas:

Abusivas por sí mismas

Ampliar imagen

Abre este ránking el Santander, que habla del caso en el que se realicen operaciones no autorizadas con tarjetas robadas o extraviadas. «En caso de extravío o sustracción de la tarjeta, la pérdida económica derivada de dichas operaciones será a cargo del titular de la tarjeta hasta el momento de la notificación al Banco (…) y hasta el límite máximo consignado en las condiciones particulares». Abuso. Ese límite máximo es, por ley, de 150 euros; más allá de eso, es el banco quien debe hacerse cargo.

Bankia tiene una bien curiosa. “Serán de cuenta del Titular los gastos de correo que se originen de acuerdo con las tarifas postales vigentes siempre que sea procedente su aplicación». Doble abuso: se está imponiendo un gasto de correo al consumidor (por lo tanto obstáculo oneroso denunciado por ley) que perjudica su derecho a la información. Además, la aplicación de estos gastos queda supeditada a la voluntad de la entidad y por tanto, por esta vía también sería abusiva la cláusula; debemos pagar nosotros los gastos de los envíos que quiera hacer el banco. El BBVA tiene una cláusula muy similar, cuya eliminación, además, publicita en su programa de ‘cero comisiones‘.

Bantierra, por su parte, establece que “La entidad se reserva el derecho a realizar, en cualquier momento, modificaciones de las condiciones inicialmente pactadas relativas a la prestación de los Servicios de Pago, comunicándolas con una antelación mínima de dos meses a la fecha en la que deban entrar en vigor». Podrá considerarse como cláusula abusiva dado que vincula la posible modificación del contrato a la voluntad única del empresario, de la entidad bancaria.

Duplicación de comisiones

Ampliar imagen

Hay una coletilla que abunda en los contratos financieros de múltiples entidades financieras; al respecto de posibles descuentos u ofertas a clientes: “El beneficio que aquí se establece no tiene carácter de modificación contractual[…]” Se puede ver en las campañas de fidelización del Santander, y de Bankia. Abuso; la naturaleza jurídica de estas ofertas implica un cambio de las condiciones esenciales del contrato para aquellos clientes de la entidad que ya tenían contratado con antelación algún servicio.

Pero lo que más predomina es el establecimiento de comisiones duplicadas, dos cobros diferentes por un sólo servicio o servicios análogos. De Bankia, aunque se observan cláusulas similares en el Santander: “Posibilidad de exonerarse de las comisiones de las tarjetas de débito, en concreto Alta, Emisión, Tenencia o Renovación, Consulta de saldo en cajeros Bankia y retirada de efectivo en cajeros Bankia». Por lo tanto la entidad esta realizando una mala practica que contraviene los principios de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, al crear nuevas comisiones para luego exonerarle de su pago.

A veces, directamente, las comisiones se cobran por servicios que no existen. Así hace Banesto, que cobra comisiones de entre 30 y 45 euros por «renovación» de tarjetas. La Orden de Transparencia 2899/2011 dispone que “Sólo podrán percibirse comisiones o repercutirse gastos por servicios solicitados en firme o aceptados expresamente por un cliente y siempre que respondan a servicios efectivamente prestados o gastos habidos». En este caso concreto, la renovación no es un servicio prestado ni un gasto. Por lo tanto, esta comisión no entra dentro de las buenas practicas de protección al cliente y transparencia.

Falta de razonabilidad en los precios, ausencia de proporcionalidad entre el concepto de lo que se cobra y el importe de ese cobro, ausencia de información, preavisos no cumplidos, abusos en devoluciones, ingresos, pagos, transferencias… El consumidor debe estar permanentemente alerta a la hora de contratar una cuenta corriente, porque se expone a multitud de cláusulas con las que la banca siempre gana, siempre muerde de un lado y de otro para maximizar su cuenta de resultados. A nuestra costa; debemos evitarlo, y ADICAE sigue exigiendo a las autoridades mayor vigilancia y sanciones que pongan coto a todo esto.

adicae

One Comment

  1. Estoy hato de Santander y BBVA. …. nos tratan como idiotas. ..con abusos mantenimiento cuentas…ya ni mandan movimientos ….y enemas Qué hablar con un cajero…. vergonzoso

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *